La LOPD, Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, es una ley de obligado cumplimiento para todas las empresas. Su incumplimiento puede acarrear duras sanciones por parte de la Agencia Española de Protección de Datos que pueden alcanzar hasta de 300.001 euros a 20 millones de euros o el 4% volumen de facturación anual. De acuerdo con la Ley, son datos de carácter personal cualquier información concerniente a personas físicas identificadas o identificables, es decir, toda información que aporte datos sobre una persona física concreta o bien que a través de dicha información se pueda llegar a identificar.
Hoy en día, cualquier empresa cuenta con este tipo de datos de carácter personal, ya sean datos de clientes o incluso datos de los propios empleados como por ejemplo en las nóminas. Debido al gran desconomiento sobre esta ley, solo un mínimo porcentaje de las empresas españolas cumple con la LOPD pero recordemos, el desconocimiento de la ley no exime de su cumplimiento.
Todas las empresas deben por tanto cumplir con una serie de factores técnicos y organizativos para garantizar la seguridad de dichos datos y que, en resumen, son los siguientes:
No todos los ficheros son iguales, diferenciandose en tres niveles: Nivel Básico, Nivel Medio y Nivel Avanzado. Estos niveles dependerán del tipo de datos a almacenar y contemplan distintas actuaciones a la hora de adaptar su empresa a la LOPD.
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