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Incluir a alguien en un grupo de WhatsApp sin su consentimiento es motivo de multa |
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La Agencia Española de Protección de Datos (en adelante AEPD) ha sancionado con 4.000 euros a un club deportivo por incluir el número de teléfono de una antigua usuaria de su entidad en un grupo de WhatsApp sin su consentimiento. De esta forma, la AEPD considera que se han vulnerado cuatro artículos del Reglamento General de Protección de Datos (en lo sucesivo RGPD), en concreto, los artículos 5.1 e), 6, 32.1 b) y 32.1 d).
En este caso, el club deportivo utilizó el número de teléfono de la antigua usuaria sin su consentimiento contraviniendo así el 6 del RGPD que establece lo siguiente: “El tratamiento solo será lícito si se cumple al menos una de las siguientes condiciones: a) el interesado dio su consentimiento para el tratamiento de sus datos personales para uno o varios fines específicos”.
22 de octubre de 2021
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La Agencia de Protección de Datos abre expediente al Constitucional por las cámaras biométricas en su acceso |
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La Agencia de Protección de Datos (AEPD) ha abierto un expediente al Tribunal Constitucional (TC) por apreciar "indicios racionales de una posible vulneración de las normas" en relación a la instalación de cámaras para medir la temperatura y otros datos biométricos en el acceso a su entrada principal, sin que conste ninguna advertencia o información en torno al tratamiento posterior de esos datos de carácter personal, según ha podido saber Público.
La AEPD admite la reclamación interpuesta el pasado 8 de junio del abogado José Luis Mazón, que en una visita al TC se le sometió a un control de temperatura a través de una pantalla de reconocimiento biométrico, pero no obtuvo respuesta sobre el tratamiento de esos datos, lo que él entendió como un "tratamiento de datos excesivo y sin la debida información previa".
22 de octubre de 2021
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La empresa no tiene que explicar al trabajador para qué usa la videovigilancia |
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Si el trabajador sabe de la existencia del sistema de videovigilancia, la empresa no tiene obligación de especificar la finalidad exacta asignada a ese control, por lo que las imágenes pueden ser utilizadas como prueba en un procedimiento judicial por despido.
Así, lo determina el Tribunal Supremo, en sentencia de 21 de julio de 2021, en la que se destaca que el artículo 88.1 Ley Orgánica de Protección de Datos y Garantía de los Derechos Digitales (LOPDGDD) de 2018 establece que en el supuesto de que se haya captado la comisión flagrante de un acto ilícito por los trabajadores o los empleados públicos se entenderá cumplido el deber de informar cuando existiese al menos el dispositivo al que se refiere el artículo 22.4 de esta ley orgánica.
9 de septiembre de 2021
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WhatsApp recibe una multa de 225 millones por infringir el GDPR |
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La Comisión de Protección de Datos (DPC) de Irlanda ha emitido a WhatsApp, propiedad de Facebook, una multa financiera de 225 millones de euros por contravenir, presuntamente, las normas europeas de privacidad de datos (concretamente, el GDPR).
El organismo de control de datos asegura que la plataforma de mensajería no informó adecuadamente a los ciudadanos de la UE sobre cómo maneja sus datos personales. La compañía tampoco les dijo a los usuarios cómo comparte la información que recopila con su empresa matriz.
7 de septiembre de 2021
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Protección de Datos multa con 30.000 euros a Orange por no verificar la identidad de un estafador |
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Suplantó a otra persona para solicitar una copia de la tarjeta SIM y realizar transferencias a través de Bizum. Esto no habría sido posible si la compañía hubiese aplicado bien las medidas de seguridad.
La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha sancionado a Orange con 30.000 euros por no verificar la identidad de un usuario que suplantó la de otra persona para solicitar una copia de la tarjeta SIM y realizar transferencias a través de Bizum.
Según el organismo, esto no habría sido posible si la compañía hubiese aplicado correctamente las medidas de seguridad necesarias para asegurar la autenticidad de los datos aportados por el cliente, así como las relacionadas con verificar la titularidad de la línea.
23 de agosto de 2021
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Las multas a los partidos políticos por infringir la protección de datos: 40.500 euros desde 2016 |
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La sanción de la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) Podemos por incumplir con la normativa relativa a la protección de datos personales se suma a la decena de multas que han recibido otros partidos políticos en los últimos cinco años.
El pasado mes de julio se conoció que la formación morada había sido sancionada con una multa de 4.000 euros por el sistema de vídeo-vigilancia de su sede en Cartagena (Murcia) al considerar que el partido dispone de una instalación que “pudiera grabar en exceso la vía pública” y “cuya legalidad no se ha acreditado”, según indican en la resolución.
Un particular puso una reclamación ante la AEPD por “irregularidades en el sistema de vídeo-vigilancia” tras difundirse unas imágenes del ataque a su sede con un artefacto incendiario durante la madrugada del 2 de abril. El exlíder de Unidas Podemos, Pablo Iglesias, publicó la secuencia en su perfil de Twitter para denunciar el ataque.
El partido se ha acogido a las dos reducciones previstas en el pago y ha abonado 2.400 euros por la sanción. Te contamos las infracciones cometidas por otros partidos desde 2016 y cuánto les tocó pagar.
6 de agosto de 2021
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La AEPD requiere a varias CCAA información sobre el uso del certificado de vacunación para acceder a establecimientos |
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La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha tenido constancia de la proliferación de varias iniciativas públicas que generalizan la utilización del certificado de vacunación para acceder a diversos establecimientos. En este sentido, la Agencia ha enviado un requerimiento de información a las Consejerías de Sanidad de las comunidades autónomas de Canarias y Galicia con el objetivo de comprobar la licitud del tratamiento de datos personales.
Las autoridades europeas de protección de datos han expresado su preocupación por la utilización de certificados dentro de los Estados para finalidades tales como el acceso a tiendas, restaurantes o gimnasios, así como su uso en otros contextos como el laboral.
5 de agosto de 2021
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