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El TJUE avisa a los sitios web de que no pueden descargar «cookies» sin el permiso del internauta |
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Posiblemente le ocurre, incluso, varias veces al día. Está intentando consultar una página web y, de repente, esta le solicita que haga click en un botón para aceptar las «cookies» y continuar navegando. Pues bien, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha sentenciado hoy que no es válido que un sitio en internet muestre una casilla marcada por defecto en la que el usuario debe retirar la marca para evitar la colocación de «cookies» en su ordenador, sino que este debe dar su consentimiento expreso.
1 de octubre de 2019
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Un canal urgente de denuncias permite retirar contenidos violentos y privados de Internet |
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Algunas virtudes digitales se convierten en pesadillas. Comprar entradas de Disney Land para los nietos que terminan siendo una pura estafa, pagar un ordenador de última generación que nunca se recibirá en una página web de dudosa procedencia, difundir un vídeo en pocos segundos sin filtros y sin límites que resulta ser a una agresión a una niña de 14 años en las puertas de su colegio... Estas son realidades que Internet no siempre evita. La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha presentado una plataforma pionera, en funcionamiento desde este martes, para ayudar a las víctimas del mundo digital: un canal de urgencia para denunciar la difusión de contenido personal y sensible y pedir que se retire en el tiempo más breve posible.
Mar España, la directora de la AEPD cuenta que desde la puesta en marcha del canal este martes, han recibido dos peticiones, y para una de ellas consiguieron quitar el contenido en tan solo 10 minutos. “El agresor tendrá menos ganas de actuar si sabe que le van a multar o meter en la cárcel. Tendremos tolerancia cero”, reitera con firmeza. Como resalta Francisco Ruiz, director de Relaciones Institucionales de Google España, "Internet ha pasado de ser el mundo de Disney a un apocalipsis dónde el 98 % de los jóvenes pasan horas y horas. Los colectivos vulnerables como los niños o las personas mayores no se sienten seguros y son el principal blanco de los estafadores".
29 de septiembre de 2019
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La AEPD da pautas técnicas para el tratamiento de datos en apps educativas y de actividad física, bienestar y salud |
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La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha publicado una nota técnica que incluye directrices sobre el deber de informar y otras medidas de responsabilidad proactiva en aplicaciones móviles del ámbito educativo y el de la actividad física, bienestar y salud.
El documento, dirigido tanto a organizaciones responsables del tratamiento de datos de aplicaciones móviles como a los desarrolladores de las mismas y de librerías, tiene como objetivo detectar prácticas que puedan resultar lesivas para la privacidad de los usuarios, aportando soluciones o alternativas a los agentes implicados que fomenten el principio de responsabilidad proactiva.
17 de septiembre de 2019
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¿Es legal sancionar a un empleado utilizando un vídeo grabado por otro trabajador? |
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Las exigencias en materia de protección de datos relativas al uso de dispositivos de videogiliancia en el ámbito laboral no solo se aplican a las cámaras de seguridad que instale la propia empresa, sino también a cualquier grabación que pueda realizarse en el trabajo y que después sea utilizada para el control de los empleados. Es el caso, por ejemplo, del vídeo captado con el móvil por cualquier otro compañero de la plantilla.
Así lo establece la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) en una reciente resolución en la que impone una multa de 12.000 euros a una compañía que utilizó, para sancionar a un trabajador con 45 días de suspensión de empleo y sueldo, las grabaciones del móvil que le entregó otro empleado. El segundo, cansado de que su compañero dedicara su tiempo de trabajo a quehaceres personales y tareas ajenas a su propio empleo (reparar su moto, hablar por teléfono, etc.), decidió tomar pruebas de estos hechos y se las entregó a la dirección de la compañía, que actuó disciplinariamente.
5 de septiembre de 2019
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El interés público de un documento está por encima de la protección de datos personales |
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La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha determinado en una resolución que el interés público de una información prevalece por encima de la protección de datos personales, siempre que la información personal no sea inexacta o se haya quedado obsoleta.
Esta resolución se ha dictado a raíz de una denuncia en la que una estudiante reclamaba que sus datos personales no aparecieran en la página web de la universidad, donde se encontraban abiertos al público al estar asociados con su trabajo de fin de máster.
Cuando el reclamante escribía su nombre y correo electrónico en el buscador de Google, aparecía la página que llevaba a su trabajo de final de máster.
Google manifiesta ante esto que la información que se expone "presenta relevancia e interés público" ya que se trata de un trabajo publicado en el repositorio de la universidad conforme a la normativa de la misma, que establece que debe ser accesible sin restricciones y pueda ser localizada también a través de motores de búsqueda.
La Agencia de Protección de Datos destaca, por una parte, que los usuarios tienen derecho a que sus datos personales sean suprimidos si estos ya no son necesarios con el fin para el que fueron precisados o si el interesado se opone al tratamiento, entre otros motivos.
2 de septiembre de 2019
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Los autónomos que trabajan con Windows 7 pueden incumplir la Ley de Protección de Datos |
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A partir de enero de 2020, Windows 7 dejará de recibir actualizaciones de soporte. En otras palabras, Microsoft no volverá a actualizar este sistema. Así lo ha hecho saber la compañía a través de un comunicado. Esto significa que algunos soportes, como el de seguridad, se quedarán obsoletos. Aunque no lo parezca, la noticia afecta y mucho, a algunos autónomos. Y es que, buena parte de ellos siguen utilizando Windows 7 en sus negocios.
La compañía comenzó hace unos meses a advertir a sus usuarios mediante una notificación a través de una ventana emergente. La intención de Microsoft es concienciar a todos sus clientes de que, a partir del próximo año, no hará absolutamente nada para solucionar cualquier problema de seguridad que se dé en el antiguo sistema.
El problema radica en que un sistema de ciberseguridad obsoleto entra en conflicto con el nuevo Reglamento General de Protección de Datos (RGPD), que empezó a aplicarse el pasado 25 de mayo de 2018. Seguramente, y a pesar de los dos años que dio la Unión Europa de margen para adaptar las distintas entidades a la normativa, todavía existirán negocios que no habrán incorporado los cambios que trae consigo el RGPD. Esto supone arriesgarse a multas que pueden alcanzar hasta los 10 y los 20 millones de euros. No actualizar el sistema operativo del ordenador del negocio al Windows 10 es una de las razones por las que un negocio podría acabar haciendo frente a estas sanciones.
26 de agosto de 2019
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La Agencia de Protección de Datos apuesta por una labor preventiva de casos de ciberacoso o sexting |
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La AEPD asegura que se está "trabajando muchísimo" para la retirada de contenidos violentos de internet o su uso responsable en los colegios.
La directora de la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD), Mar España, ha destacado que este organismo puede ejercer una función preventiva "muy importante" en casos relacionados con los datos "especialmente sensibles", como de ciberacoso o 'sexting', por lo que está trabajando en un proyecto para facilitar la retirada de contenidos "violentos" de Internet.
Además, ha destacado que "uno de los temas bonitos" de la nueva Ley Orgánica de Protección de Datos es el de la educación, porque marca como obligatorio que el uso responsable de Internet y las redes sociales se empiece a enseñar en los colegios, y todas las comunidades autónomas tienen de plazo hasta el 6 de diciembre --1 año desde que entró en vigor la ley-- para regular en qué asignaturas se va a establecer.
17 de julio de 2019
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Protección de Datos retirará "de forma inmediata" contenido violento o sexual denunciado en la Red |
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La directora de la AEPD, Mar España, ha efectuado balance tras 200 días de aplicación de la Ley Orgánica de Protección de Datos y garantía de los derechos digitales. España ha recordado el profundo proceso de reorganización interna que ha acometido la Agencia para adaptarse el Reglamento y a la aplicación de la Ley Orgánica 3/2018 destacando, entre otros aspectos, el intenso trabajo de sensibilización dirigido a responsables y encargados de tratamiento sobre sus obligaciones.
25 de junio de 2019
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La AEPD multa a LaLiga por la app que usa el micrófono de los móviles |
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La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha sancionado con 250.000 euros a LaLiga por una infracción del principio de transparencia a la hora de informar en la app oficial sobre el uso de la funcionalidad del micrófono en el momento de su activación.
Así lo ha dado a conocer este martes LaLiga, que ha anunciado que acudirá a la vía judicial porque discrepa "profundamente" de la decisión y rechaza la sanción impuesta por "injusta". "La AEPD no ha realizado el esfuerzo necesario para entender cómo funciona la tecnología", ha criticado.
11 de junio de 2019
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El TC declara inconstitucional que los partidos puedan recabar datos personales de los ciudadanos |
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El pleno del Tribunal Constitucional ha declarado por unanimidad inconstitucional y nulo el apartado 1 del artículo 58 bis de la ley Régimen Electoral General (Loreg), que permite a los partidos políticos recoger datos personales relativos a las opiniones políticas de los ciudadanos. Ese punto se incorporó en diciembre de 2018 con la aprobación de la ley de e Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, en la disposición final tercera.
El Alto Tribunal estima el recurso de inconstitucionalidad planteado por el Defensor del Pueblo el el pasado mes de marzo. “La recopilación de datos personales relativos a las opiniones políticas de las personas que lleven a cabo los partidos políticos en el marco de sus actividades electorales se encontrará amparada en el interés público únicamente cuando se ofrezcan garantías adecuadas”, señala el punto declarado nulo, que se incorporó a la Loreg.
22 de mayo de 2019
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