La Sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo ha condenado al Opus Dei a cancelar los datos personales de una mujer que se dio de baja en la organización y que intentó en vano que la entidad religiosa la borrase de todos sus archivos. El Supremo confirma un pronunciamiento anterior de la Audiencia Nacional, que ya falló a favor de la demandante. La sentencia ha condenado al Opus a pagar las costas hasta un límite de 3.000 euros. 4 de diciembre de 2011
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