La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha dictado una resolución por la que se acuerda imponer a un usuario de la red social Badoo una multa de 2.000 Euros por suplantar la identidad de un tercero en una red social. Esta conducta, cada vez más habitual en este tipo de redes, tiene un matiz jurídico importante, cual es su carencia de regulación específica en nuestro ordenamiento. 26 de octubre de 2011
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