La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha recibido cerca de 50 reclamaciones por publicidad electoral de partidos políticos, entre ellas, "hay una referencia escasísima" al polémico artículo 58 bis de la Ley de Régimen Electoral General (LOREG) sobre la utilización de medios tecnológicos y datos personales en las actividades electorales. 26 de abril de 2019
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