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Protección de Datos delimita qué pueden hacer los partidos con nuestros datos, siempre y cuando sepamos que nos rastrean |
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La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha publicado en el BOE su Circular sobre el tratamiento de datos personales relativos a opiniones políticas y propaganda electoral, en la que delimita "de manera restrictiva" la interpretación de la última reforma de la Ley Electoral: si peinan las redes en busca de nuestras opiniones políticas, los partidos tienen que demostrar que lo hacen "por interés público", no pueden realizar perfiles personalizados de los votantes y "en ningún caso" se pueden usar técnicas de inteligencia artificial o 'big data' para inferir la ideología política de una persona.
Asimismo, la actividad de rastreos de datos por internet "sólo será lícita durante el periodo electoral y respecto de las actividades de propaganda y actos de campaña electoral", y todos esos datos deberán destruirse o bloquearse de forma "debidamente documentada" una vez terminado dicho periodo.
11 de marzo de 2019
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Fuente: https://www.publico.es/espana/proteccion-datos-proteccion-datos-delimita-partidos-datos.html
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